lunes, 7 de mayo de 2012

Propuesta de DeVenEx para los venezolanos en el exterior


Por Paciano Padrón, 01/05/2012

Ha surgido una nueva realidad para Venezuela. Muchos de los nuestros -por una u otra razón, en su mayoría empujados por la situación política, social y económica del país- se encuentran viviendo en el exterior, lo que exige nuevas políticas de parte del Estado venezolano, para atender a sus ciudadanos allende de nuestras fronteras. La obligación del Estado con sus ciudadanos no cesa por el hecho de no encontrarse estos en territorio nacional.

ME COMPROMETO CON LOS VENEZOLANOS RESIDENCIADOS EN EL EXTERIOR:
1. A ubicar a Venezuela en el camino del progreso. Los venezolanos, tanto los que vivimos en territorio nacional como los residenciados en el exterior, queremos tener una patria enrumbada por el camino del progreso, la paz y la justicia social. Venezuela será orgullo de nuestros compatriotas en el exterior.

2. A crear condiciones para que retornen los venezolanos que deseen hacerlo. El progreso de Venezuela, su desarrollo económico y seguridad social, su seguridad jurídica, personal y de los bienes, su espíritu de convivencia, tolerancia y respeto será una invitación a retornar. Se prepara el Programa Nacional de Retorno, que contará con un paquete de incentivos fiscales y laborales.

3. A aprovechar el talento venezolano afuera. Que millón y medio de los nuestros vivan afuera, no debe significar necesariamente una pérdida total para el país, si somos capaces -como lo seremos- de aprovechar esas voluntades, inteligencia y músculos para el beneficio científico, técnico, cultural, comercial, turísticos y otros que se conviertan en enriquecimiento para todos. En el Ministerio de Relaciones Exteriores se creará la Dirección de Comunidades Venezolanas en el Exterior, con la finalidad de facilitar el enlace de estas con la patria.

4. A afianzar sus derechos políticos en el exterior. Los derechos políticos de los venezolanos en el exterior en relación a nuestro Estado son Derechos Humanos, ni los pierden, ni deben verse debilitados como ocurre actualmente. A tal efecto me comprometo:

A) Facilitación del ejercicio del derecho al sufragio. Votar es, y así lo reconoce y garantiza la Constitución, un Derecho Humano (Art. 63), actualmente obstaculizado por diferentes medios desde órganos del Estado, particularmente por el Consejo Nacional Electoral y los ministerios del Poder Popular para las Relaciones Exteriores y las Relaciones Interiores. En nuestra gestión el ejercicio del derecho al voto en el exterior encontrará su facilitación a través de: a) La identificación oportuna de los venezolanos con su cédula de identidad, emitida en los Consulados; b) La inscripción y traslados en el RE, sin trabas, sin obstáculos burocráticos y leguleyos; c) La multiplicación de centros electorales en el exterior, más allá de las sedes consulares, para acercar la mesa de votación a los electores, en cumplimiento de mandatos legales hoy ignorados.

B) Promoción de la participación ciudadana. En atención al reconocimiento constitucional a todos los ciudadanos de su “derecho a participar libremente en los asuntos políticos”,  haremos valer y facilitaremos el uso de los “medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía”. Es obligación del Estado facilitar y garantizar su ejercicio. Estimularemos la celebración de asamblea de ciudadanos de conformidad con la Constitución.

C) Elección de Diputados a la Asamblea Nacional en circunscripción del exterior. Los venezolanos residenciados fuera del país tienen derecho constitucional al “sufragio” (Art. 63), a “elección de cargos públicos” (Art. 70), pero la misma Constitución al establecer la manera en que se integra la Asamblea Nacional, omite la participación de los compatriotas residenciados en el exterior, lo que me obliga a comprometerme a preparar el cambio constitucional correspondiente, para cuando estén dadas las condiciones abordarla.

4. A prestar cabalmente el servicio consular, de conformidad con la Constitución y leyes, y de acuerdo a la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. En relación a este punto no tengo que comprometerme  a generar cambios, a no ser el de la prestación cabal del Servicio Consular en beneficio de nuestros compatriotas residenciados en el exterior, servicio que hoy se encuentra plenamente disminuido.

Por ahora no hay nada que inventar, haré cumplir la ley para que los venezolanos encuentren en su Consulado: A) Los instrumentos de identificación; B) Los servicios de Registro Civil; C) La prestación de los servicios registrales y notariales; D) La atención a la seguridad social; E) La tramitación de divisas preferenciales; F) La protección de sus intereses; G) La atención preferente a menores y personas que carezcan de capacidad plena, G) Las medidas convenientes para su representación ante los tribunales y otras autoridades del Estado H) Tramitaciones; I) La inscripción en el Registro Militar y en el Registro Electoral y J) Los otros servicios consulares.

5. A acercar el Consulado a los venezolanos en el exterior. No son los venezolanos que están fuera del país quienes deben residenciarse en la cercanía de los consulados, sino es el Estado el que debe prestar servicios consulares a sus ciudadanos donde ellos se encuentren, que haya un consulado de la categoría y dimensiones que corresponda, para atenderlos como requieren.

Acercar el Consulado a los venezolanos no debe entenderse solamente como la apertura de nuevas oficinas consulares, o la realización de operativos en ciudades no sede de consulado, debe igualmente producirse ese acercamiento con el uso amplio de nuevas tecnologías de comunicación y simplificación de trámites. Por ejemplo, es injusto hacer que ancianos pensionados o jubilados tengan que trasladarse periódicamente al Consulado -a veces recorriendo centenares o miles de kilómetros- para que en este se les otorgue la Fe de Vida que les es requerida.

Algunas directrices sobre la forma en la que ha de actuarse: A) No debe existir ninguna concentración urbana importante, en cuanto al número de compatriotas residentes en ella, donde no se preste el servicio consular de nuestro país; B) No deberán existir consulados con una gran circunscripción consular y alto número de venezolanos residentes, que implique una atención deficiente a estos; C) En algunos países el servicio consular no debe prestarse solo en su capital; D) Un trato sin duda preferente debe darse a países como Italia, Portugal y España, donde hay un alto número de venezolanos por naturalización; E) Debe prestarse una atención especial a aquellas ciudades de América Latina en las que es alto el número de venezolanos; F) Debe hacerse uso de los diferentes tipos de consulados, los cuales no todos tienen por qué ser consulados generales; G) Se pondrá especial atención a que los consulados presten sus servicios en un número adecuado de horas. Se propiciarán operativos periódicos; H) Actuar con estricto apego a la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos; I) La profesionalización de los funcionarios consulares para la mejor prestación de sus servicios; j) Estaremos atentos a los cobros que se hacen.

Paciano Padrón
@pacianopadron

Pulse Aquí para ver la propuesta de la Defensoría de los Venezolanos en el Exterior (DeVenEx) presentada a la Mesa de la Unidad Democrática y al Comando Venezuela

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