Jorge Cantillo 19 de septiembre de 2019
@monocant
La
norma beneficia a más de 25.000 menores que han nacido en la nación cafetera en
los últimos cuatro años, en medio de la crisis migratoria provocada por el
régimen de Nicolás Maduro
El presidente Iván Duque sancionó la Ley 1997
que permite otorgar la nacionalidad colombiana a los hijos de
padres venezolanos nacidos en Colombia en los últimos cuatro años, desde
que se exacerbó la crisis migratoria producto de la compleja situación
política y social que vive el vecino país.
La Ley, que fue promovida por la Defensoría del Pueblo
y aprobada por el Congreso el pasado 27 de agosto, solo le restaba la
firma de Duque para entrar en vigencia.
Se prevé que esta norma beneficiará a cerca de
25.000 menores nacidos en Colombia y sus efectos irán hasta dos años
después de la firma, con la posibilidad de ser prorrogada si continúa la crisis
de migrantes.
"Excepcionalmente se presumirá la residencia y
ánimo de permanencia en Colombia de las personas venezolanas en situación
migratoria regular o irregular, o solicitantes de refugio, cuyos hijos e
hijas hayan nacido en territorio colombiano desde el 10 de enero de 2015 y
hasta 2 años después de la promulgación de esta ley", dice textualmente la
norma.
Con el otorgamiento de la nacionalidad, estos
niños podrán acceder además a la oferta de servicios sociales del Estado
colombiano, como la garantía de sus derechos en educación y salud.
Aparte de la Ley, Duque también había expedido
un decreto presidencial el pasado 3 de agosto que faculta a la
Registraduría nacionalizar al niño de padres venezolanos nacidos en Colombia en
un término de seis meses desde su nacimiento.
La diferencia con esta Ley es que la nacionalidad se
le otorga al niño en el momento de su nacimiento. No obstante, esta norma no cobija a los
padres de dichos niños.
Para acceder al beneficio de la nacionalidad, la nueva
Ley señala unos requisitos, como por ejemplo comprobar que los hijos nacieron
en territorio colombiano desde el 10 de enero de 2015 y hasta por dos años
después de la entrada en vigencia de la norma.
También se debe probar que los menores son
hijos de venezolanos, por lo que sus padres deben presentar al momento
del registro la cédula de extranjería vigente, el pasaporte
venezolano vigente o vencido, la cédula de identidad expedida por
Venezuela y el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente.
Por último, ninguno de los padres puede tener
otra nacionalidad distinta a la venezolana que le pueda transmitir al
menor para que este pueda ser cobijado por los beneficios de la nueva Ley.
De acuerdo con las cifras de Migración Colombia y la
Defensoría del Pueblo, desde que empezó la crisis migratoria en
Venezuela, Colombia ha recibido cerca de 1.400.000 personas.
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